Hablando de animales, derechos, progresos y amor. Durante la Edad Media, el animal autor de un delito era detenido, encarcelado y juzgado con todas las formalidades. Ejecutado públicamente en castigo a sus fechorías, si como tal fuese encontrado por la justicia. Dependiendo de la categoría a que perteneciese el animal el procedimiento era distinto. Si era un cuadrúpedo, se le emplazaba y se le traslada al tribunal; si eran insectos, dado su número y exigüidad, y ya que la justicia secular poco podía hacer ante las plagas, se recurría a la justicia eclesiástica, para que emitiese el fallo e hiciese lo posible para exterminar tales plagas. Se les excomulgaba, pero dándoles oportunidad de defenderse. Las poblaciones que tenían que quejarse de los daños causados, nombraban a un representante ante los tribunales, debiéndose éste dirigirse por escrito a los jueces eclesiásticos con exposición de los daños y precisando la especie, forma y color de los animales culpables. El juez ordenaba la comparecencia de los encausados, enviando un alguacil para notificarles la comparecencia. Después de tres ausencias, se les juzgaba en rebeldía, nombrando un defensor de oficío.
(Historia de la Estupidez Humana – István Rath-Vegh)
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